¿Tu Empleador Te Debe Plata?

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Las 10 deudas laborales mas comunes en Chile

Mas de la mitad de las fiscalizaciones de la Direccion del Trabajo detectan al menos una irregularidad. Las mas frecuentes no son errores administrativos: son practicas sistematicas que le cuestan dinero a los trabajadores cada mes.

1. Cotizaciones previsionales impagas

Tu empleador descuenta AFP y salud de tu sueldo pero no las deposita. Puedes verificarlo en tu cartola de AFP o en previred.com. El no pago de cotizaciones es la causal de autodespido mas exitosa en tribunales (Art. 171 en relacion con Art. 160 N°7 del Código del Trabajo).

2. Horas extra no pagadas

Si trabajas mas de tu jornada pactada, cada hora adicional se paga con un recargo del 50% sobre el valor hora ordinario (Art. 32 CT). El maximo legal son 2 horas extra por dia. Si tu empleador no te las paga, te debe el 150% de cada hora trabajada fuera de jornada.

3. Gratificación legal

Si la empresa tuvo utilidades, debe pagar gratificacion a todos sus trabajadores. La modalidad mas comun (Art. 50 CT) tiene un tope mensual de 4.75 Ingresos Minimos Mensuales dividido en 12. Muchas empresas simplemente no la pagan, y los trabajadores no la reclaman porque no saben que les corresponde.

4. Vacaciones acumuladas

Tienes derecho a 15 días hábiles de vacaciones por cada ano trabajado (Art. 67 CT). Si tu empleador no te las otorga, acumulas dias que tienen un valor en pesos. Al momento del finiquito, esos dias se pagan como feriado proporcional. Acumular mas de 2 periodos es una infraccion del empleador.

5. Sueldo bajo el mínimo legal

Ningun trabajador con jornada completa puede ganar menos que el sueldo mínimo vigente. Si tu sueldo base es inferior, tu empleador te debe la diferencia por cada mes que te ha pagado menos. La Direccion del Trabajo puede multar a la empresa y ordenar el pago retroactivo.

6. Trabajo sin contrato

El empleador tiene 15 días para escriturar el contrato desde que empiezas a trabajar (5 dias si es plazo fijo o por obra). Si no lo hace, se presume legalmente que las condiciones del contrato son las que declare el trabajador (Art. 9 CT). Trabajar sin contrato no significa que no tengas derechos: tienes todos.

7. Descuentos ilegales

Tu empleador puede descontarte el tiempo no trabajado proporcionalmente, pero no puede aplicar multas que superen el 25% de la remuneracion diaria (Art. 154 N°10 CT). Descontar por roturas, perdidas de mercaderia o errores de caja sin acuerdo previo es ilegal.

8. Feriados irrenunciables trabajados sin recargo

Los feriados irrenunciables (1 de enero, 1 de mayo, 18 y 19 de septiembre, 25 de diciembre y dias de elecciones) no son negociables. Si tu empleador te obliga a trabajar estos dias, debe pagarte el dia normal mas un recargo. Si no lo hace, te debe ese dinero.

9. Semana corrida impaga

Si tienes remuneracion variable (comisiones, tratos, bonos por produccion), tienes derecho al pago proporcional de domingos y festivos. Esto se llama semana corrida (Art. 45 CT). Muchos empleadores no la pagan porque los trabajadores no saben que existe.

10. Finiquito mal calculado

Al terminar la relacion laboral, el finiquito debe incluir todas las prestaciones que te corresponden: remuneraciones pendientes, vacaciones proporcionales, gratificación, y segun la causal, indemnizacion por años de servicio y aviso previo. Muchos empleadores ofrecen montos menores a los legales. Usa nuestra calculadora de finiquito para verificar.

Preguntas frecuentes

¿Como se si mi empleador me debe plata?

Revisa tu liquidacion de sueldo y tu cartola de AFP. Si no recibes gratificación, no te pagan horas extra o no te depositan las cotizaciones, tu empleador te debe dinero. Nuestro diagnostico gratuito te ayuda a identificar las irregularidades mas comunes en menos de 2 minutos.

¿Que puedo hacer si mi empleador no paga las cotizaciones?

El no pago de cotizaciones es una infraccion grave. Puedes denunciar en la Direccion del Trabajo o usar el autodespido (Art. 171 del Código del Trabajo), que te da derecho a indemnización por años de servicio y aviso previo como si te hubieran despedido.

¿Cuanto tiempo tengo para reclamar deudas laborales?

Los derechos laborales prescriben en 2 anos desde que se hicieron exigibles (Art. 510 del Código del Trabajo). Excepciones: las cotizaciones previsionales no prescriben. Si te despidieron, tienes 60 días hábiles para demandar por despido injustificado.

¿Donde denuncio irregularidades laborales?

La Direccion del Trabajo recibe denuncias en linea en dt.gob.cl, por telefono al 600 450 4000, o presencialmente en cualquier Inspeccion del Trabajo. La denuncia es gratuita y puede ser anonima. Tambien puedes demandar directamente en el Juzgado de Letras del Trabajo de tu comuna.

¿Mi empleador puede tomar represalias si reclamo?

No. La ley prohibe las represalias contra trabajadores que ejercen sus derechos (Art. 485 del Código del Trabajo, tutela laboral). Si tu empleador te despide o cambia tus condiciones laborales por reclamar, puedes demandar por vulneración de derechos fundamentales con indemnizaciónes de 6 a 11 meses de sueldo.

¿Quieres calcular montos exactos?

El diagnostico da estimaciones. Usa nuestras calculadoras para cifras precisas.