Calculadora de sueldo líquido en Chile
Desglosa haberes y descuentos o prueba una meta de líquido. Usa montos documentados y la tabla del período; no una gratificación supuesta ni una UF de otro día.
Equipo Divergente · Revisión de fuentes: 22 de octubre de 2026.
Fuentes oficiales y alcance
La estimación usa la tabla mensual del SII de octubre de 2026. El tramo exento llega a una base tributable de $974.038,50 (13,5 UTM); no se confunde base tributable con sueldo bruto. El impuesto se obtiene aplicando el factor y restando la rebaja del tramo.
- SII: UTM de octubre, $72.151 y UF del 31 de octubre, $41.247,63. El valor de cierre ya está publicado; no se usa la UF del día de consulta.
- SP: topes definitivos desde febrero de 2026: 90 UF para AFP y salud; 135,2 UF para cesantía. Comisiones oficiales de las siete AFP, aparte de la cotización obligatoria del 10%.
- SII: límite de la rebaja adicional de salud. Su ejemplo publicado usa el tope de 2024; aquí se combina la regla con el tope de 2026: 90 UF × 7% = 6,3 UF. No se copia el límite antiguo.
- SP: regímenes A y B del APV y SII: límite mensual de 50 UF para la rebaja vía empleador. No calculamos beneficios o ajustes anuales.
- AFC: aporte del trabajador y máximo por relación laboral. Se verifica si corresponde el 0,6% o si cesó por el máximo de cotizaciones; no basta la antigüedad calendario.
Alcance: un mes completo, un empleador y afiliación AFP sin pensión, exenciones ni trabajo pesado. No calcula licencias, meses parciales, reliquidaciones o remuneraciones retroactivas. Gratificación, horas extra, asignaciones y descuentos se ingresan como montos; revisa sus condiciones antes de usarlos.
El modo inverso mantiene los otros conceptos fijos y muestra el líquido obtenido y su diferencia con la meta. No determina el mínimo legal ni el sueldo que deberías negociar. Los aportes del empleador no son descuentos del trabajador.
Preguntas frecuentes
- ¿Qué período calcula esta herramienta?
- Octubre de 2026: UTM de $72.151 y UF de cierre del 31 de octubre de $41.247,63, publicadas por el SII. Usa topes de 90 UF para AFP y salud y de 135,2 UF para cesantía. No aplica estos valores a otros meses ni sustituye una liquidación de remuneraciones.
- ¿La gratificación y las horas extra se agregan automáticamente?
- No. Ingresa sus montos mensuales documentados, además del sueldo base. La gratificación depende del sistema aplicable y las horas extra de la jornada y base correspondiente. No se supone que todo contrato usa gratificación del 25% ni una jornada de 42 horas.
- ¿Todo el plan de Isapre se descuenta antes del impuesto?
- No necesariamente. La cotización adicional puede rebajar la base tributaria junto con la obligatoria, pero hasta el límite legal de salud. Con el tope de 90 UF, ese límite es 6,3 UF. La parte que excede ese máximo reduce el líquido, no la base del impuesto.
- ¿Cómo cambia el cálculo con APV?
- El régimen A no rebaja la base del impuesto mensual; el régimen B, descontado por el empleador, sí lo hace dentro de su límite mensual de 50 UF. La herramienta no calcula bonificaciones ni reliquidaciones anuales y requiere confirmar que no se supera el límite anual aplicable. El APV pagado directamente necesita otro tratamiento.
- ¿El resultado incluye los aportes del empleador?
- No se descuentan del sueldo del trabajador. El cálculo separa AFP, salud, cesantía e impuesto y los demás descuentos declarados. No certifica que esos descuentos estén autorizados ni que las asignaciones ingresadas cumplan las condiciones para ser no imponibles y no tributables.