Generador de Denuncia de Acoso Laboral

Completa el formulario y genera un documento PDF formal de denuncia conforme a la Ley 21.643 (Ley Karin). Listo para entregar a tu empleador o a la Inspección del Trabajo.

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Este generador es una herramienta de apoyo. La denuncia generada no reemplaza asesoría legal. Para casos graves, consulta con un abogado laboral o con la Corporación de Asistencia Judicial (CAJ).

Cómo hacer una denuncia de acoso laboral en Chile

La Ley 21.643 (Ley Karin) establece que la denuncia puede ser verbal o escrita y puede presentarse ante tu empleador o directamente ante la Inspección del Trabajo (Art. 211-B bis CT). No necesitas abogado para denunciar.

Al recibir la denuncia, el empleador debe adoptar medidas de resguardo inmediatas: separación de espacios físicos entre denunciante y denunciado, redistribución de jornada, y acceso a atención psicológica a través de la mutual (Art. 211-B bis inc. 2).

La investigación tiene un plazo máximo de 30 días (Art. 211-C). Si la empresa investiga internamente, debe remitir las conclusiones a la Inspección del Trabajo, que tiene otros 30 días para pronunciarse. El procedimiento debe respetar los principios de confidencialidad, imparcialidad, celeridad y perspectiva de género (Art. 211-B).

Si denuncias en la Inspección del Trabajo, esta puede exigir al empleador medidas de resguardo en un máximo de 2 días hábiles (Art. 211-B bis inc. 3). Es la vía más segura si el acosador es tu jefe directo o si no confías en la investigación interna.

No pueden despedirte por denunciar. Si lo hacen, el despido es vulneratorio de derechos fundamentales y puedes demandar por tutela laboral (Arts. 485-495 CT), con indemnización adicional de 6 a 11 meses de remuneración.

Para el detalle completo del procedimiento, revisa la guía denuncia paso a paso o qué pasa después de denunciar.