Finiquito y Despido

Finiquito por Renuncia — ¿Qué te Corresponde al Renunciar?

Actualizado 1 de abril de 2026 · 4 min de lectura
Finiquito por Renuncia — ¿Qué te Corresponde al Renunciar?

Al renunciar solo te corresponden remuneraciones pendientes (días trabajados del mes), vacaciones proporcionales y gratificación proporcional. No recibes indemnización por años de servicio ni aviso previo. Esos dos conceptos solo aplican cuando te despiden por necesidades de la empresa o ganas un autodespido. Artículo 159 N°2 del Código del Trabajo.

Renuncia vs despido: qué recibes en cada caso

ConceptoRenunciaDespido Art. 161
Remuneraciones pendientes
Vacaciones proporcionales
Gratificación proporcional
Indemnización por añosNo (1 mes/año)
Aviso previo (1 mes)No

Ejemplo con $1.000.000 y 5 años: si te despiden recibes ~$7.200.000 de finiquito. Si renuncias, recibes ~$700.000 (solo vacaciones y días). La diferencia: $6.500.000 que dejas en la mesa.

Qué te pagan al renunciar

Ejemplo: ganas $900.000 brutos, llevas 2 años y 4 meses, renuncias el 20 de marzo, tomaste 5 días de vacaciones este período:

ConceptoCálculoMonto
Días trabajados (20 días de marzo)$900.000 ÷ 30 × 20$600.000
Vacaciones proporcionales(4 ÷ 12 × 15 − 5) = 0 días$0
Gratificación proporcional (20 días)$213.354 ÷ 30 × 20$142.236
Total finiquito$742.236

En este ejemplo, las vacaciones proporcionales dan 0 porque los 5 días tomados cubren los 5 días que correspondían por 4 meses (4 × 1,25 = 5). Si no hubieras tomado vacaciones, te pagarían 5 días × $30.000 = $150.000 adicionales. Antes de renunciar, conviene calcular tus días de vacaciones pendientes para saber exactamente cuánto te incluirán en el finiquito.

El aviso de 30 días: ¿es obligatorio?

El artículo 159 N°2 del CT establece que la renuncia debe comunicarse por escrito con 30 días de anticipación como mínimo. Si no das aviso o das aviso con menos de 30 días, el empleador podría descontarte el equivalente a 30 días de sueldo de tu finiquito.

En la práctica, la mayoría de los empleadores no aplica este descuento — pero legalmente pueden hacerlo. Para evitar problemas: presenta tu carta de renuncia por escrito (correo o carta física) con al menos 30 días de anticipación.

Si tu relación con el empleador es buena y acuerdan una fecha de salida distinta, no hay problema. Lo importante es que quede por escrito.

¿Te conviene renunciar o esperar que te despidan?

Depende de tu situación. Si sospechas que te van a despedir pronto, esperar puede ser mucho más rentable. Con 5 años y $1.000.000 de sueldo, la diferencia entre renunciar y que te despidan por Art. 161 es de más de $6.000.000.

Pero si tienes una oferta de trabajo nueva que no puede esperar, o si la situación laboral es insostenible, renunciar puede ser la decisión correcta — especialmente si tu antigüedad es baja (menos de 1 año la indemnización no es tan significativa).

Si tu empleador está incumpliendo (no paga cotizaciones, acoso laboral, etc.), la renuncia no es tu única opción. El autodespido te permite terminar el contrato y cobrar indemnización como si te hubieran despedido. Evalúa esa vía antes de renunciar.

Simulador de Escenarios de Salida

Compara cuánto recibes renunciando vs siendo despedido vs autodespido

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Calculadora de Finiquito

Calcula tu finiquito exacto por renuncia voluntaria

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Preguntas frecuentes

Solo remuneraciones pendientes (días trabajados del mes), vacaciones proporcionales y gratificación proporcional. NO incluye indemnización por años de servicio ni aviso previo.

Sí, es recomendable avisar con 30 días de anticipación. Si no lo haces, el empleador podría descontarte el equivalente a un mes de sueldo del finiquito (indemnización sustitutiva del aviso previo a favor del empleador).

Pierdes la indemnización por años de servicio y el aviso previo. Dependiendo de tu antigüedad y sueldo, esto puede ser una diferencia de millones de pesos. Simula ambos escenarios antes de decidir.

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