Es legal que mi jefe me haga trabajar sin contrato?
El empleador tiene un plazo de 15 dias para escriturar el contrato (5 dias si es por obra o plazo fijo de menos de 30 dias). Si no lo hace, se presume legalmente que las condiciones del contrato son las que declare el trabajador.
Fundamento: Art. 9 CT
Lo que dice la ley
El Art. 9 del CT exige que el contrato sea por escrito y firmado por ambas partes. Si el empleador no lo escritura dentro del plazo (15 o 5 dias), se aplica una presuncion legal a favor del trabajador: las estipulaciones del contrato seran las que declare el trabajador. Ademas, el empleador puede ser multado. La falta de contrato NO significa que no tengas relacion laboral. La relacion se presume indefinida.
Que hacer si te pasa
- Exige por escrito (correo, WhatsApp) que te den tu contrato
- Si no te lo dan, denuncia en la Inspeccion del Trabajo
- Guarda evidencia de tu relacion laboral (liquidaciones, correos, mensajes, testigos)
- Recuerda que la ley presume que las condiciones son las que TU declares
¿Ya te pasó? Revisa la guía accionable: Me despidieron sin contrato firmado — ¿qué hago?.
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Preguntas frecuentes
- Tengo derechos laborales sin contrato escrito?
- Si, exactamente los mismos. La relacion laboral se presume por los hechos (prestacion de servicios, dependencia, remuneracion). La falta de contrato escrito es una infraccion del EMPLEADOR, no del trabajador.
- Que tipo de contrato se presume si no hay nada escrito?
- Se presume un contrato INDEFINIDO con las condiciones que declare el trabajador. Esto incluye sueldo, jornada y funciones.
- Puedo cobrar finiquito si trabaje sin contrato?
- Si. Tienes los mismos derechos que cualquier trabajador: remuneraciones pendientes, vacaciones, gratificacion, y si te despiden por Art. 161, indemnizacion por anos de servicio.