Calcular Finiquito por Obra o Faena

Art. 159 N°5

El contrato por obra o faena determinada concluye porque termino el trabajo que le dio origen.

Remuneraciones pendientes
Indemnizacion obra/faena (2.5 dias/mes)
Indemnización por años de servicio
Feriado proporcional
Gratificacion proporcional
Causal de término1/4
Causal de termino

El contrato por obra o faena concluye.

2.5 dias/mes (Ley 21.122)

Fechas del contrato

Remuneraciones
Tipo de sueldo

Tope legal Art. 50: $213.354

Otros haberes

Vacaciones

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Finiquito por obra o faena (Ley 21.122)

Desde la Ley 21.122, los contratos por obra o faena tienen una indemnización especial al terminar: 2,5 dias de remuneracion por cada mes trabajado. Esta indemnizacion reemplazo al sistema anterior donde estos contratos no tenian ninguna indemnización al concluir.

Cálculo del 2.5

La remuneracion diaria se calcula dividiendo el sueldo mensual por 30. Luego se multiplica por 2,5 y por el numero de meses trabajados. La fraccion superior a 15 días se cuenta como mes completo. El contrato debe haber durado al menos 1 mes.

Diferencia con indemnización por anos

La indemnización de obra/faena es incompatible con la indemnización por años de servicio y con las acciones de despido injustificado. El trabajador debe elegir: acepta los 2,5 dias/mes o demanda, pero no ambas. Sin embargo, si es compatible con la indemnización sustitutiva de aviso previo.

Tope de remuneracion

Al igual que la indemnización por anos, la remuneracion mensual considerada tiene tope de 90 UF (Art. 172 inc. 3 CT).

Preguntas frecuentes

Como se calcula el 2.5 en un finiquito por obra o faena?
La indemnizacion es de 2.5 dias de remuneracion por cada mes trabajado (Ley 21.122). Se calcula: (remuneracion mensual / 30) x 2.5 x meses trabajados. La fraccion superior a 15 días cuenta como mes completo. El contrato debe haber durado al menos 1 mes.
La indemnización por obra o faena es compatible con la de años de servicio?
No. Son alternativas e incompatibles. El trabajador puede optar por aceptar la indemnización de obra/faena o demandar por despido injustificado, pero no ambas (Art. 163 inc. 3 CT).
Desde cuando aplica la Ley 21.122?
La Ley 21.122 se publico en noviembre de 2018 con implementacion gradual. Desde diciembre de 2021, la tasa definitiva de 2.5 días por mes esta plenamente vigente.